¿Puede la comunidad de propietarios prohibir los pisos de alquiler?

¿Puede la comunidad de propietarios prohibir los pisos de alquiler?

El auge del alquiler turístico ha transformado el panorama inmobiliario en muchas ciudades y zonas costeras, generando nuevas oportunidades, y también nuevas preguntas. Una de las más habituales es si una comunidad de propietarios puede prohibir que uno de sus vecinos alquile su vivienda como alojamiento turístico.

La respuesta no es del todo simple, ya que depende de varios factores, como la normativa autonómica, los estatutos de la comunidad o el tipo de vivienda. A continuación, te lo explicamos con claridad.

¿Qué dice la ley sobre el alquiler turístico?

Desde 2019, la Ley de Propiedad Horizontal permite que una comunidad de propietarios limite o condiciones el uso turístico de las viviendas mediante acuerdo en junta. Para ello, se requiere una mayoría de tres quintas partes del total de propietarios, que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Es importante entender que no se puede prohibir de forma retroactiva si ya existía ese uso turístico antes de que se aprobara la restricción. Tampoco se puede impedir un alquiler de larga duración (más de 30 días), ya que en ese caso no se considera alquiler turístico.

¿Se puede prohibir completamente el uso turístico?

Sí, pero solo si los estatutos de la comunidad lo especifican de forma clara. Si los estatutos establecen que los pisos no pueden destinarse a usos distintos del residencial, o prohíben expresamente el uso turístico, esta cláusula sí puede tener validez legal.

En cambio, si no existe esa limitación previa en los estatutos, la comunidad solo puede limitar o condicionar, pero no prohibir directamente por completo el alquiler vacacional.

¿Qué limitaciones puede imponer la comunidad?

Aunque no prohíba el uso turístico, la comunidad puede:

  • Establecer recargos en los gastos comunes de hasta un 20 % para quienes realicen este tipo de actividad.
  • Exigir que se cumplan ciertos requisitos de convivencia (como entrada y salida por horarios específicos, uso limitado de zonas comunes, etc.).
  • Denunciar ante el Ayuntamiento si considera que la actividad no está legalmente registrada o provoca molestias reiteradas.

Estas decisiones también deben aprobarse con la mayoría reforzada antes mencionada.

¿Y si quiero comprar una vivienda para alquilarla a turistas?

Si estás pensando en invertir en una vivienda con fines turísticos, es fundamental que:

  • Consultes los estatutos de la comunidad antes de firmar la compraventa.
  • Verifiques que la normativa autonómica permite este tipo de uso en esa zona.
  • Tengas en cuenta los posibles cambios normativos que puedan afectar a esta actividad en el futuro.
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